Preguntas Frecuentes
Tienes alguna pregunta, acá la resolveremos
Preguntas de contexto
El sistema fotovoltaico incluye el suministro, instalación y puesta en operación de un sistema conectado a la red eléctrica bajo el marco de la ley 21.118. El proyecto será llave en mano, es decir, incluirá todo lo necesario para la operación del sistema como: paneles fotovoltaicos, inversor, cableado, tablero eléctrico, medidor bidireccional, montaje, puesta en marcha y trámites legales para su operación. No incluye baterías o generadores.
Si postulas al programa Casa Solar Social – Región de Antofagasta y tras la realización de la visita técnica tu vivienda postulada cumple con los requisitos técnicos para la instalación del sistema fotovoltaico, deberás pagar un copago único y fijo de $100.000.-
Si postulas al programa Casa Solar Adulto Mayor – Región del Libertador Bernardo O´Higgins y tras la realización de la visita técnica tu vivienda postulada cumple con los requisitos técnicos para la instalación del sistema fotovoltaico, deberás pagar un copago único y fijo de $50.000.-
No, es un sistema fotovoltaico que está conectado a la red de distribución eléctrica, bajo la modalidad on-grid. Esto quiere decir, que durante el día el usuario consume la energía producida por los paneles fotovoltaicos y durante la noche toma electricidad de la red (debido a que el sistema no almacena), a través del medidor bidireccional que se instala.
La energía que no es consumida por la vivienda, se inyecta a la red de electricidad general, lo que convierte a la vivienda en una pequeña generadora. Esta suma y resta inyectada al sistema es lo que genera un ahorro anual aproximado de $150.000 pesos con el sistema de 1kWp.
No, los sistemas fotovoltaicos conectados a la red u On-Grid se desconectan automáticamente cuando existe un corte de electricidad, esto es por la seguridad de los técnicos de la empresa distribuidora que estarán revisando las redes. Además, estos sistemas no cuentan con sistemas de respaldo con baterías, por lo tanto, los excedentes de energía son inyectados a la red de distribución y no almacenados para poder utilizar en horas que no hay sol o corte de electricidad.
El programa Casa Solar entrega un (1) tipo de solución, de 1 kWp, el valor promedio de mercado para estas soluciones es de $2.200.000. El programa espera disminuir este valor en un 25% aproximadamente, al realizar una compra masiva de estos sistemas. Para ver distintas tablas de costo de los sistemas con diferentes niveles de cofinanciamiento ingresa en la sección ¿Qué beneficios obtengo? de la página www.casasolar.cl
El programa considera un tipo de solución, de 1 [kWp], por lo tanto, se estima la cantidad de 2 o 3 paneles fotovoltaicos instalados (dependiendo de las características técnicas de los paneles a instalar). El espacio mínimo que se necesitará para la instalación del sistema de 1 kWp será de 10 [m2].
Preguntas sobre la inversión
El nivel de ahorro dependerá de la zona geográfica en que te encuentres, principalmente por los distintos niveles de radiación a lo largo de Chile. En promedio un sistema Fotovoltaico de 1kWp permite ahorrar $150.000.- (ciento cincuenta mil pesos) al año. Para mayor detalle del ahorro estimado según tu zona geográfica, revisa la sección ¿Qué beneficios obtengo? en www.casasolar.cl
No, ya que el sistema a instalar incluye la labor de un profesional encargado de esta función.
El retorno de la inversión, al igual que el ahorro, dependerá de la zona geográfica en que te encuentres, principalmente por los distintos niveles de radiación a lo largo de Chile y las tarifas eléctricas, por lo que se estima un promedio de retorno de 5 a 8 años. Para mayor detalle de retornos de inversión estimados según tu zona geográfica, revisa la sección ¿Qué beneficios obtengo? en www.casasolar.cl
Preguntas de Requisitos
Sí, siempre y cuando se cuente con una autorización notarial del dueño de la vivienda arrendada o en calidad de comodato. Debe tener claro que el beneficio, en este caso, recae sobre la vivienda en sí, la cual es propiedad del dueño de la misma y no sobre el arrendatario o comodatario.
Este programa no incluye reparación de techumbres, por lo que no aprobará la factibilidad técnica y no podrá seguir adelante con el proceso de postulación.
Si tienes una ampliación que no esté regularizada y es el único lugar donde se podría instalar paneles fotovoltaicos, este proyecto no se podrá realizar. Si la ampliación está regularizada, se podrían instalar, pero en este caso La Agencia solicitará información adicional para comprobar esta situación y aprobar la factibilidad técnica.
El programa Casa Solar sólo considera la instalación de sistemas fotovoltaicos sin almacenamiento conectados a la red de distribución dentro de una zona de concesión eléctrica. Por lo tanto, no pueden participar aquellos que busquen implementar sistemas fotovoltaicos con baterías, en zonas sin red eléctrica o en zonas aisladas sin concesión como San Pedro de Atacama o Isla de Pascua.
Si postulas al programa Casa Solar Social – Región de Antofagasta no se solicitará como requisito el certificado de avalúo fiscal y, por ende, el tipo de destino bien raíz de la vivienda postulada. Sólo deberás adjuntar en la primera parte de la postulación la boleta de electricidad de la vivienda inscrita.
Si postulas al programa Casa Solar Adulto Mayo – Región del Libertador Bernardo O´Higgins se solicitará como requisito el certificado de avalúo fiscal y el destino bien raíz debe ser HABITACIONAL, además, deberá adjuntar la boleta de electricidad de la vivienda postulada.
No es posible. En este programa solo pueden participar personas naturales (ciudadanía civil) que vivan en casas de uso residencial, ya sean propietarios, arrendatarios o comodatarios.
El postulante que es propietario de más de una vivienda, solamente puede postular un inmueble.
(pizarreño)?
Si la cubierta fue instalada posterior al año 2003 se puede realizar la instalación, ahora bien, si la cubierta es anterior al 2003 (ej: 2002) es incompatible con la instalación del sistema por presencia de asbesto (material dañino para la salud). En el año 2001, se prohibió en Chile la producción, importación, distribución, venta y uso de tipos de asbesto y de cualquier material o producto que lo contenga de acuerdo al Reglamento sobre Asbesto D.S. Nº656/2000 del MINSAL, publicado en el Diario Oficial del 13 de enero de 2001. El reglamento tuvo un periodo de transición de dos años, por lo que solo a partir de 2003 se puede asegurar la no presencia de asbesto.
Si eres de un sector rural, sí puedes postular a Casa Solar. Debes tener presente que tu comuna tiene que alcanzar un mínimo de 100 postulaciones, para que sea incorporada en el proceso del programa y avanzar a la etapa 2 de «Reserva del Sistema Fotovoltaico». Además, no olvidar que tu vivienda debe estar conectada a la red de distribución de energía y contar con un certificado de avalúo fiscal con destino bien raíz habitacional.
Preguntas técnicas del sistema FV
No, para generar energía los sistemas fotovoltaicos necesitan de la radiación solar y debido a que estos no cuentan con un banco de baterías, el consumo eléctrico durante la noche proviene directamente de la red de distribución de energía eléctrica.
De acuerdo a la ley 21.118, la empresa distribuidora de energía eléctrica se encuentra obligada a realizar un pago por los excedentes de energía inyectados por el usuario, los cuales se verán descontados en las boletas mensuales de energía eléctrica.
De acuerdo a la ley 21.118, la empresa distribuidora se encuentra obligada a aceptar la energía inyectada por el sistema fotovoltaico declarado.
Con la ayuda del inversor (incluido en la instalación), la energía eléctrica obtenida del sistema fotovoltaico no se diferencia de la que se obtiene de la red. Por lo tanto, no existe ningún requerimiento especial para los electrodomésticos.
El sistema fotovoltaico On-Grid o conectado a la red, no está diseñado para el uso de baterías. Cualquier modificación realizada a la instalación de éstos, provoca la pérdida inmediata de la garantía asociada a la instalación.
Preguntas de instalación
Para que los sistemas fotovoltaicos sean instalados en tu vivienda, se necesitan cumplir con diversos pasos para que aquello pueda suceder y, además, puedan iniciar su funcionamiento. A continuación, te mencionamos cada uno de los pasos involucrados en el proceso:
- Visita Técnica:un profesional del programa Casa Solar, realizará una visita técnica para verificar si tu vivienda cumple con todos los requisitos técnicos de instalación de los sistemas fotovoltaicos.
- Evaluación Administrativa: una vez que se haya determinado que tu vivienda cumple con los requisitos técnicos de instalación, se te solicitará una serie de documentos necesarios para el posterior trámite de conexión de los paneles fotovoltaicos, además, de verificar que tu vivienda cuente con todos sus papeles al día.
- Pago del monto final: luego de realizada y aprobada la evaluación administrativa, se te solicitará pagar el monto final del sistema fotovoltaico a instalar en tu vivienda.
- Licitación Pública: de forma paralela se realizará el proceso de Licitación Pública (vía Mercado Público) que es un concurso público que nos permite determinar qué empresa cumple con los requisitos para que se adjudique la compra e instalación de los sistemas fotovoltaicos.
- Ingeniería de Detalle: adjudicada la empresa, en este punto, se realiza el diseño físico y eléctrico definitivo del proyecto, incluyendo la realización de todos los planos eléctricos que guiarán a la instalación.
- Instalación del sistema fotovoltaico: La instalación de los paneles solares debe ser realizada por un profesional certificado por la SEC de la empresa adjudicada, que acredite un correcto montaje de acuerdo con la normativa chilena. Este proceso consta de diversas actividades, entre las que se encuentran:
- Montaje de las medidas de seguridad
- Montaje de estructuras
- Instalación de paneles solares
- Instalación de inversores
- Instalación del tablero auxiliar fotovoltaico
- Canalización y cableado
- Configuración de inversores y pruebas
Una vez instalado el sistema fotovoltaico, el instalador eléctrico autorizado por la SEC de la empresa adjudicada para la implementación de su proyecto, debe realizar el trámite eléctrico número 4 (TE4) ante la ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) en el cual debe presentar la siguiente documentación:
- Planos eléctricos (Layout, unilineal y cuadro de cargas).
- Memoria fotográfica.
- Informe de ensayos y mediciones del generador.
- Firma por parte del propietario del anexo 5 del instructivo técnico RGR N°1/2020 de la ley 21.118: “INFORME DE OPERACIÓN DE LA UNIDAD GENERADORA Y DECLARACIÓN DEL PROPIETARIO”.
No, el sistema fotovoltaico no puede quedar en funcionamiento una vez terminada la instalación solo el instalador podrá encender para realizar las pruebas de puesta en servicio. Esto debido a que puede ocasionar problemas técnicos en el medidor actual que tiene en su vivienda, ya que este no está preparado para funcionar en conjunto con un sistema fotovoltaico.
El sistema solo podrá comenzar a funcionar una vez terminado el proceso certificación y de tramitación de conexión con la empresa distribuidora de energía eléctrica de la cual es cliente (se podría ver afectado con multas y/o corte de suministro). Además, solo terminado el proceso de conexión tendrá el derecho de recibir un pago por los excedentes de energía inyectados a la red.
Una vez que la planta fotovoltaica es aprobada por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), se avanza al paso final. En esta última actividad, se realiza el contacto con la empresa eléctrica de la zona y de la cual eres cliente con toda la documentación del propietario, para que permita conectar la planta fotovoltaica y realizar el cambio de medidor desde el tradicional a uno bidireccional.
A continuación, se presentan los documentos que se gestionan en el proceso de tramitación de conexión del sistema fotovoltaico:
F3: “Formulario de Solicitud de Conexión”. Esta documentación debe ser presentada a la empresa distribuidora para solicitar la conexión a la red, entregando como resultado el F4 “Respuesta al formulario de solicitud de conexión”. Es este paso, la empresa eléctrica indica si la red tiene la capacidad suficiente para permitir la instalación y la inyección de la energía generada por la planta fotovoltaica. La respuesta puede ser positiva o, la empresa eléctrica puede reducir la capacidad de inyección a la red con respecto a solicitado. Si esto sucede, la empresa eléctrica puede presentar opciones de aumento de capacidad de red y/o adecuaciones de empalme lo que se traduce en costos por obras adicionales. Este trámite se realiza antes de la instalación de su sistema, además se volverá hacer una evaluación por parte de la distribuidora de los documentos presentados en el proceso de postulación a Casa Solar: boleta de electricidad y poder simple de la ley 21.118.
Manifestación de Conformidad: Este documento permitirá “reservar” la potencia a conectar por un periodo de 24 meses al ser financiado parcialmente con recursos públicos. Esta manifestación se debe realizar por la misma plataforma SEC donde fueron solicitados los documentos anteriores en un plazo de 20 días hábiles desde la recepción del F4.
FTE4: Trámite eléctrico N°4 para la “Declaración de comunicación de puesta en servicio de generadoras residenciales de acuerdo con la Ley 20.571 (Ley de generación distribuida)”. Al terminar la instalación es necesario realizar el TE4. Este trámite es realizado en conjunto a la SEC, y consta de una certificación que valida que la instalación eléctrica haya sido realizada de acuerdo con la normativa eléctrica y fotovoltaica chilena, además de lo establecido en la Ley Netbilling de generación distribuida fotovoltaica.F5: “Notificación de Conexión”. Para finalizar, nuevamente tenemos que dirigirnos hacia la empresa distribuidora, en donde se solicita realizar la conexión de la planta y el cambio a un medidor bidireccional. Es importante mencionar, que para que sea aprobado por parte de la distribuidora eléctrica se deberá entregar un contrato de conexión firmado por el propietario de la vivienda, además se volverá hacer una evaluación por parte de la distribuidora de los documentos presentados en el proceso de postulación a Casa Solar: certificado de dominio vigente y cédula de identidad.
Al terminar este trámite, se firma el F6 “Protocolo de conexión” y la planta está oficialmente conectada, pudiendo empezar a generar energía fotovoltaica para autoconsumo y para la inyección de los excedentes a la red eléctrica, lo cuales serán valorizados y descontados de las boletas.
No, como postulante no debes realizar ningún trámite. La empresa adjudicada realizará todas las gestiones pertinentes a la instalación y conexión de los sistemas fotovoltaicos. Tener presente que estos trámites se gestionan en conjunto con la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) y la Empresa distribuidora de energía, según plazos legales establecidos en la normativa vigente.
Se muestran imágenes de una vivienda que forma parte del llamado 2020-2021 y que ya cuenta con sus sistemas fotovoltaicos instalados:
*Sistema fotovoltaico de 1kWp con dos paneles fotovoltaicos.
El programa considera un equipo técnico de la Agencia de Sostenibilidad Energética, en representación del Ministerio de Energía. Esta será la contraparte técnica del contratista adjudicado en la licitación y velará por la correcta instalación y desempeño de los sistemas fotovoltaicos.
Los paneles solares fotovoltaicos tienen una garantía de fabricación de 10 años y de producción de energía por 25 años. Los demás componentes del sistema fotovoltaico cuentan con garantía de fabricación por 5 años.
En caso de existir un panel en mal estado, la empresa implementadora realizará una revisión técnica y será la responsable de la sustitución. Lo anterior, siempre que esta falla no corresponda a una modificación por parte del usuario o un daño causado por el usuario o un tercero.
Sí, el proyecto incluye jornadas de capacitación para los beneficiarios adjudicados.
El proyecto contempla una visita de mantención luego del primer año de instalación.
El proyecto considera capacitaciones posteriores a la instalación de los sistemas fotovoltaicos que abarcan la operación y mantención de los sistemas.
Cualquier modificación realizada a la instalación de los sistemas fotovoltaicos, implica que se pierda la garantía sobre ellos.
Podrías hacerlo, pero al modificar el sistema fotovoltaico implementado en este programa, se pierde la garantía asociada a dicha instalación.